Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
06-11-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201106-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 2

109
Arganda del Rey número 2. Procedimiento 310/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 310/2018, entre Banco de Castilla-La Mancha e ignorados herederos de don Francisco José Rey Ballesteros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 180/2019

En Arganda del Rey, a 15 de noviembre de 2019.—Vistos por mí, doña María Mercedes Blández Sánchez Carralero, magistrada-juez de Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Arganda del Rey, los presentes autos de juicio ordinario, registrados bajo el número 310/2018, promovidos por Banco de Castilla-La Mancha, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Manuel Díaz Alfonso y asistidos del letrado don Gustavo Adolfo Molina García, contra la herencia yacente y los ignorados herederos de don Francisco José Rey Ballesteros, declarados en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por Banco de Castilla-La Mancha, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Manuel Díaz Alfonso, y asistidos del letrado don Gustavo Adolfo Molina García, contra la herencia yacente y los ignorados herederos de don Francisco José Rey Ballesteros, declarada en situación de rebeldía procesal, y en consecuencia:

1. Debo declarar y declaro resuelto el contrato de préstamo de fecha 18 de agosto de 2009 suscrito entre los actores y don Francisco José Rey Ballesteros, condenando a la demandada herencia yacente y los ignorados herederos de Francisco José Rey Ballesteros a estar y pasar por tal declaración.

2. Debo condenar y condeno a la demandada herencia yacente y los ignorados herederos de don Francisco José Rey Ballesteros a abonar al actor como principal la cantidad de 105.988,53 euros comprensiva del capital pendiente de pago, cantidad que devengará intereses moratorios y procesales del modo dispuesto en el fundamento de derecho quinto de esta resolución.

3. Se imponen las costas procesales devengadas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta número 2824-0000-04-0310-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando, en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Arganda del Rey, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos: 2824-0000- 04-0310-18.

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación de la sentencia a ignorados herederos de don Francisco José Rey Ballesteros, expido y firmo la presente en Arganda del Rey, a 15 de octubre de 2020.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/27.600/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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