Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
06-11-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201106-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 4

83
Madrid número 4. Procedimiento 257/2019

EDICTO

Doña Elena Artigot Fabre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid.

En este órgano judicial se tramita el procedimiento ordinario 257/2019 en el que se ha dictado sentencia número 88/2020 de fecha 22 de junio de 2020.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las partes demandadas don Carlos Eduardo Ardón Bravo, Nodra Service and Trading, S. L., y doña Ilona Zsuzsanna Jakas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, he acordado notificarle la anterior resolución por medio de edictos.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación.

La resolución que se notifica está a disposición de los demandados en este órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la LOPJ y la instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en forma a partes demandadas don Carlos Eduardo Ardón Bravo, Nodra Service and Trading, S. L., y doña Ilona Zsuzsanna Jakas, cuyo domicilio se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/28.188/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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