Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
11-11-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201111-204

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BURGOS NÚMERO 1

204
Burgos número 1. Procedimiento 765/2019

EDICTO

D/Dª ANTONIA MARÍA GARCÍA-MORATO MORENO-MANZANARO, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE BURGOS.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª RAIMUNDO JAVIER MAESTRO ARROYO contra ELECNOR SA, FEYMA CORDOBA SLL, INSTATEL COSTA SL, GEST BURGOS TELECOM SL, TELEFONICA SA, FOGASA, en reclamación por cantidad, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 765/2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a FEYMA CORDOBA SLL, INSTATEL COSTA SL y GEST BURGOS TELECOM SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 25/1/2021 a las 11,40 y 11,45 horas respectivamente, en AVDA. REYES CATOLICOS (EDIFICIO JUZGADOS), PLANTA 1ª, SALA DE VISTAS 1, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se ha acordado citar a los Representantes Legales de dichas empresas para la prueba de Interrogatorio que tendrá lugar el día y hora señalados para el juicio, bajo apercibimiento que, de no comparecer, podrán ser tenidos por confesos, así como requerir a las mismas para que aporten al acto del juicio, a GEST BURGOS TELECOM SL:

a) Acuerdos, convenios o documentos suscritos con ELECNOR, SA, INSTATEL COSTA, S.L. y FEYMA CORDOBA. S.L.L., en virtud de los cuales hayan cedido o recibido la prestación de los servicios de instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia, a los fines de probar la subcontratación de dicho servicio y la sucesión empresarial en esta actividad económica autónoma.

b) Comunicaciones mantenidas con ELECNOR SA referidas al cese de la prestación de los servicios instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia, a los fines de probar la fecha y causas de finalización de dicho servicio.

c) Comunicaciones mantenidas con INSTATEL COSTA, S.L. en relación con la obligación de subrogación del personal adscrito a la prestación de los servicios de instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia desde Noviembre de 2018, a los efectos de probar la sucesión empresarial entre ambas; a INSTATEL COSTA S.L.:

a) Acuerdos, convenios o documentos suscritos con ELECNOR, SA, GEST BURGOS TELECOM, S.L., y FEYMA CORDOBA. S.L.L., en virtud de los cuales hayan cedido o recibido la prestación de los servicios de instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia, a los fines de probar la subcontratación de dicho servicio y la sucesión empresarial en esta actividad económica autónoma.

b) Comunicaciones mantenidas con ELECNOR SA referidas al cese de la prestación de los servicios instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia, a los fines de probar la fecha y causas de finalización de dicho servicio.

c) Comunicaciones mantenidas con FEYMA CORDOBA. S.L.L., en relación con la obligación de subrogación del personal adscrito a la prestación delos servicios de instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia desde Octubre o Noviembre de 2018, a los efectos de probar la sucesión empresarial entre ambas, bajo los apercibimientos legales y FEYMA CORDOBA SLL:

a) Acuerdos, convenios o documentos suscritos con ELECNOR, SA, GEST BURGOS TELECOM, S.L., y INSTATEL COSTA, S.L, en virtud de los cuales hayan cedido o recibido la prestación de los servicios de instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia, a los fines de probar la subcontratación de dicho servicio y la sucesión empresarial en esta actividad económica autónoma.

b) Comunicaciones mantenidas con ELECNOR SA referidas al cese de la prestación de los servicios instalaciones y/o mantenimiento de telefonía en Burgos y provincia, a los fines de probar la fecha y causas de finalización de dicho servicio.

Todo ello, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94 LJS).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a FEYMA CORDOBA SLL, INSTATEL COSTA SL y GEST BURGOS TELECOM SL y a sus representantes legales, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y colocación en el tablón de anuncios de esta Oficina Judicial.

En BURGOS, a veintiséis de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/28.583/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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