Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
11-11-2020

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201111-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2020, de la Dirección General de Administración Local, sobre la clasificación del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería del Ayuntamiento de Venturada.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento Venturada, de creación del puesto de colaboración, al puesto de Secretaría-Intervención, denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención, categoría única, forma de provisión concurso, para su clasificación por parte de la Comunidad de Madrid.

Consta en el expediente: Certificado de Secretaría del acuerdo de Pleno de 19 de junio de 2020, sobre aprobación del presupuesto y de la plantilla de personal para el ejercicio 2020; Certificado de Secretaría de aprobación definitiva del presupuesto y de la Relación de puestos de trabajo de fecha 3 de agosto de 2020; Certificado de Secretaría de exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de octubre de 2020 y número 239; Certificado de Secretaría del acuerdo de Pleno de 18 de septiembre de solicitud de clasificación del puesto de colaboración a la Secretaría-Intervención, denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería, subescala Secretaría-Intervención, categoría única.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención y Tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas. Que estos puestos serán clasificados a propuesta de la corporación y estarán reservados a funcionarios de habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

Visto que el artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del RD 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de colaboración, al puesto de Secretaría-Intervención, del Ayuntamiento de Venturada, denominado Vicesecretaría-Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la subescala Secretaría-Intervención, categoría única, forma de provisión concurso, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento en sesión de pleno de fecha 19 de junio de 2020 y 18 de septiembre de 2020, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Vivienda y Administración Local o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 21 de octubre de 2020.—El Director General de Administración Local, José Antonio Sánchez Serrano.

(03/29.360/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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