Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
12-11-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201112-117

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

117
Madrid número 20. Ejecución 122/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 122/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE RUEDA SANCHEZ y D./Dña. JESÚS GRECIANO FERNÁNDEZ frente a VALCLIMA SL y EVALUAELECTRIC SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado decretos de fecha 07/10/2020 cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se ACUERDA LA ACUMULACIÓN a la presente ejecución de la/s que se sigue/n también en este Juzgado con el/los números ETJ 124/2020, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

Se acuerda ampliar la presente ejecución en otros 17.928,66 euros de principal, 896 euros de intereses provisionales y 1.792 euros de costa provisionales, de manera que el principal total de las ejecuciones acumuladas asciende a 34.639,27 euros, más 1.731 euros de intereses y 3.463 euros de costas que se presupuestan provisionalmente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, se acuerda:

Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Se acuerda el embargo de los saldos de cuentas bancarias de VALCLIMA SL y EVALUAELECTRIC SL en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

-Hágase saber al ejecutado que conforme al auto que contiene la orden general de ejecución a) Transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que el ejecutado cumpliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incrementarse el interés legal a abonar en dos puntos. b) Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

-La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2518-0000-64-0122-20 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2518-0000-64-0122-20.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VALCLIMA SL y EVALUAELECTRIC SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.841/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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