Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
12-11-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201112-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

34
Ciempozuelos. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana

En Pleno del Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión celebrada el pasado día 29 de octubre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la Ordenanza de convivencia ciudadana del municipio de Ciempozuelos, confeccionada en la Concejalía de Seguridad, en los términos recogidos en el proyecto anexo.

Segundo.—Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva mediante:

— Sometimiento del expediente a un período de información pública y audiencia de treinta días hábiles mediante la publicación de anuncios en el tablón de anuncios físico del Ayuntamiento, en el tablón de su sede electrónica y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

— Inserción en el Portal de Transparencia municipal de los documentos que conforman el presente expediente.

Tercero.—Considerar que, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente una vez finalizado el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional sin necesidad de adoptar un nuevo acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985. En tal caso se dispondrá la publicación del presente acuerdo junto con el texto de la Ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De conformidad con lo establecido en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la entrada en vigor de la presente Ordenanza se producirá una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y transcurrido el plazo de quince días hábiles a que se refiere el artículo 65.2 de la citada Ley.

Cuarto.—Acordar la derogación expresa de la Ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia en los espacios públicos de Ciempozuelos, aprobada en el pleno de 25 de abril de 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 22 de mayo de 2013), así como cualquier otra norma anterior del mismo rango que se oponga a la presente ordenanza.

Quinto.—Facultar a la señora alcaldesa-presidenta para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

En Ciempozuelos, a 30 de octubre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(03/29.050/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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