Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
12-11-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201112-40

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 9 de noviembre de 2020 por el que se convocan las subvenciones para el programa Fuen-Respira correspondientes al año 2020.

BDNS 532374

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios centros educativos ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:

— Educación Infantil 0-3 en Escuelas Infantiles y Casas de Niños Públicas (14 centros).

— Educación Infantil 3-6 años, Primaria, Secundaria, Bachillerato, Educación Especial, ACE, Formación Profesional Inicial, F. P. Grado Medio, F. P. Grado Superior (67 centros).

— Educación de Adultos, Escuela Oficial de Idiomas, UFIL y Aula de Astronomía (4 centros).

Segundo. Objeto.—Se subvenciona la adquisición de purificadores de aire con filtros HEPA regulada según homologación UNE-EN 1822-1:2020 para uso directo en las aulas del centro educativo, como complemento no sustitutivo de la ventilación natural cruzada indispensable. El plazo de las acciones subvencionadas comprende entre el 1 de septiembre de 2020 al 31 de marzo de 2021.

Tercero. Bases reguladoras.—La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 875.000,00 euros en la partida presupuestaria 5031/326/78000. La asignación económica destinada a cada centro educativo se calcula en base a los siguientes baremos:

1. Importe unitario del aparato purificador de aire. Se establece un coste máximo a subvencionar de 250,00 euros cada uno.

2. Coste unitario por aula del coste correspondiente al informe técnico a elaborar con carácter previo a la solicitud de autorización de instalación, de acuerdo con lo establecido en la instrucción de la Viceconsejeria de Organización Educativa de la Comunidad de Madrid para correcta ventilación de los centros educativos. Se establece un importe por aula de 35,00 euros.

3. Número de aulas autorizadas por la DAT SUR y que cumplan los requisitos para poder ser objeto de subvención.

Quinto. Plazo presentacion solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Para concurrir a estas ayudas se deberá presentar el impreso de solicitud correspondiente acompañado de la documentación necesaria (artículo 6) preferiblemente a través de sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, en el Registro Auxiliar de Entradas de la Concejalía de Educación y Juntas de Distrito o en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, previa petición de cita.

Para la concesión de esta ayuda es necesaria la obtención por parte del solicitante del informe de la autorización sanitaria de la Comunidad de Madrid (según recoge la “Instrucción de la Viceconsejería de Organización educativa de la Comunidad de Madrid para la correcta ventilación de los centros educativos con fecha 3 de noviembre de 2020”).

Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva.

Se deberán justificar los fondos recibidos con anterioridad al 30 de mayo de 2021.

En Fuenlabrada, a 10 de noviembre de 2020.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/30.149/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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