Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
12-11-2020

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201112-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

50
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 30 de octubre de 2020, por el que se aprueban las bases convocatoria de ayudas para organización de actividades de carácter cultural para el proyecto colaborativo de entidades con motivo Navidad 2020-2021.

BNDS: 531655

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/531655).

1. Objeto:

— El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid convoca convoca ayudas para la organización de actividades de carácter cultural y festivo para el proyecto colaborativo de entidades con motivo de las Fiestas de Navidad-Reyes 2020-2021.

— El Proyecto Colaborativo de Entidades Navidad 2020-2021 tendrá como hilo conductor “Cuentos Actuales y Tradicionales”, tema elegido por las entidades en votación on-line.

— Cada entidad elegirá un cuento con autor/a, editorial e ISBN, donde realizará dentro de la actividad cultural una parte física y otra digital del cuento.

— La parte física consistirá en la realización en la entrada del colegio o zona de acceso al centro de los siguientes elementos decorativos: buzón real ambientado en el cuento elegido, pancarta con el nombre y título del cuento, algún elemento decorativo que podamos acompañar significativo del cuento (opcional).

— La parte digital consistirá en la realización de una pieza audiovisual por centro, aproximadamente de 3 minutos, donde se tenga la siguiente estructura: presentación AMPA y cuento elegido; imágenes con una parte del cuento o recursos sobre la producción que se haga del cuento (niños dibujando en casa, animación en plastilina, cuento contado colectivamente, murales…) y la parte final de despedida.

— Todas estas piezas audiovisuales, se subirán a la web del Ayuntamiento a partir del 4 de enero, realizando un enlace por cada AMPA para visualizar la pieza elaborada.

— El día 5 de enero se realizará el saludo real de los Reyes Magos digital y previamente se emitirán estas piezas.

2. Régimen jurídico:

— Se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

3. Beneficiarias:

— Podrán solicitar estas ayudas las entidades culturales y vecinales de Rivas-Vaciamadrid, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Rivas-Vaciamadrid. De manera excepcional, también las podrán solicitar las Escuelas Infantiles del Municipio (0 a 3 años).

4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes:

— Las solicitudes de ayuda deberán ser presentadas hasta el 6 noviembre del 2020, se realizará a través del Registro General del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (plaza de la Constitución, número 1 o plaza 19 de abril, sin número).

5. Documentación a presentar: es necesario y obligatorio, presentar:

— Anexo 1.

• Solicitud de subvención.

• Certificado justificación subvención y memoria económica (posterior a la realización de la actividad).

— Anexo 2.

• Resumen del Proyecto, adjuntar junto a la inscripción y solicitud de subvención.

• Nombre del cuento: autor/a, editorial e ISBN.

• Propuesta para la grabación del cuento: (niños dibujando en casa, animación en plastilina, cuento contado colectivamente, murales…).

• Si la entidad necesita apoyo en el diseño y/o de realización de la pieza audiovisual.

— Anexo 3.

• Autorización consentimiento derechos de imágenes de menores.(Presentación antes del 4 de enero 2021).

• Más información: Teléfono 916 602 725. Correo electrónico: cultura@rivas ciudad.es

6. Cuantía: 23.000 euros.

— La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto 2020 un importe máximo de 23.000 euros.

— La cuantía máxima a conceder a las entidades que soliciten ayuda, será como máximo 1.600 euros que estará vinculada al número de entidades solicitantes, la disponibilidad de la partida asignada y los presupuestos de gasto presentados por las entidades.

— La cuantía máxima a conceder a las entidades solicitantes de proyectos para actividades estará en función de los proyectos presentados y de los siguientes criterios. Cada uno de ellos se valorará con un punto:

1. Implantación en el ámbito de las fiestas.

2. Propuestas tendentes a dinamizar las actividades de Navidad/Reyes.

3. Propuestas coordinadas entre dos o más entidades y adecuación de estas a las fiestas.

4. Complementariedad a las actividades programadas por el Ayuntamiento.

5. Adecuación de la cuantía del proyecto propuesto al contenido del mismo.

6. Promoción sociocultural de colectivos y grupos participantes en las fiestas encaminados a la dinamización social.

7. Carácter abierto al conjunto de la población.

8. Originalidad e interés de la actividad.

9. Número de participantes que colaboran con la entidad o la organización de la actividad.

10. Cualquier otro elemento que resulte beneficioso para el desarrollo de las fiestas.

— Con carácter general las ayudas serán abonadas con posterioridad a la realización de la actividad y/o proyecto, previa justificación de las mismas mediante las facturas correspondientes.

— Podrá efectuarse el pago anticipado a la realización de la actividad/proyecto cuando las entidades así lo soliciten y acrediten la necesidad de ello. En este caso será necesario presentar una estimación de los gastos, teniendo como referencia las cuantías justificadas el año anterior.

— Se realizará la adjudicación definitiva de ayudas, una vez cerrado el período de inscripción, aprobándose en junta de gobierno local correspondiente.

— La actividad podrá quedar condicionada a las circunstancias concurrentes derivadas de la crisis sanitaria provocada por el Coronavirus COVID-19, así como del cumplimiento de las recomendaciones de la OMS, Ministerio de Sanidad y Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y demás medidas adoptadas por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ante la emergencia de salud pública.

7. Período subvencionable: desde aprobación de bases el 28 de octubre al 7 de enero de 2020.

En Rivas-Vaciamadrid, a 4 de noviembre de 2020.—El alcalde, Pedro del Cura.

(03/29.615/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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