Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
13-11-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201113-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

104
Madrid número 4. Procedimiento 921/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA HERRERO BARRERO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 921/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO SUAREZ HEREDIA frente a FOGASA y MARAL OPTIC SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

Estimo la demanda interpuesta por Antonio Suárez Heredia contra Maral Optic, S.L y el Fondo de Garantía Salarial,y condeno a Maral Optic, S.L a hacerle pago de la cantidad de dos mil ochocientos nueve euros y treinta y ocho céntimos (2809,38 euros), más sus intereses moratorios al tipo del 10% anual respecto de la cantidad de 1178,27 euros netos.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el art. 191.2 g) LRJS.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MARAL OPTIC SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.105/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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