Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
13-11-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201113-203

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 15

203
Valencia número 15. Procedimiento 168/2018

EDICTO

Doña Sagrario Plaza Golvano, secretario del Juzgado de lo social número 15 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 168/2018/B a instancias de ALICIA MILLÁN FERNÁNDEZ contra I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO SLU, FOGASA, WESTON HILL CAPITAL, S.L., INSTITUTS ODONTOLÓGICS ASSOCIATS, S.L. administr. DELOITE ESPAÑA,S.A., HEALTH 2015 GROUP, S.L. administrador DELOITE ESPAÑA, S.A., DENTAL GLOBAL MANAGMENT, S.L., MAXDUELL GRAN, S.L., WESTON HILL MANAGMENT, S.L. adm. conc. JUAN GARRIDO LÓPEZ, WESTIB HILL INVESTMENTS, S.L. adm. conc. JUAN GARRIDO LÓPEZ, administrador concursal DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, ERNST AND YOUNG ABOGADOS S.L.P. en la persona de don JESÚS BORJABAD GARCÍA, DELOITE ESPAÑA, S.A. adm. concursal ENRIQUE DOMÍNGUEZ MONTEJO y JESÚS BORJABAB GARCÍA, ERNS AND YOUNG ABOGADOS, S.L administrador concursal de I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L., en la que el día 28/5/20 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

AUTO

En Valencia, a 28 de mayo de 2020.

HECHOS

Primero.—En los autos arriba referenciados, seguidos sobre cantidad a instancia de DÑA. ALICIA MILLÁN FERNÁNDEZ contra las mercantiles I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U y otras, se dictó sentencia el día 10 de marzo de 2020, cuyo fallo dice literalmente:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DÑA. ALICIA MILLÁN FERNÁNDEZ, contra las empresas demandadas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U. administrador concursal Ernest And Young Abogados, S.L.P., la empresa DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., el administrador concursal de las mismas, ERNEST & YOUNG ABOGADOS, S.L.P., representado por D. Jesús Borjabad García, WESTON HILL ASSET MANGEMENT, S.L., y la empresa MAXDUELL GRAN, S.L., y el administrador concursal Enrique Domínguez Montejo, la empresa WESTON HILL CAPITAL S.L, JESÚS BORJABAD GARCÍA, Administrador concursal ERNST & YOUNG ABOGADOS, S.L.P. y la empresa WESTON HILL INVESTMENTS S.L. y el FOGASA, condeno solidariamente a las mercantiles demandadas a que abonen a la actora la cantidad de 6.111,80 euros más el 10% de interés legal por mora de las cantidades salariales (2.551,80 euros), estando y pasando por tal declaración las administraciones concursales de las mercantiles condenadas.

Se tiene por desistida a la parte actora de la pretensión formulada contralas mercantiles INSTITUTS ODONTOLÓGICS ASSOCIATS S.L., HEALTH 2015 GROUP S.L., y administración judicial de ambas la empresa DELOITTE FINANCIAL ADVISORY S.L.U. siendo su representante D. Enrique Domínguez Montejo.

Segundo.—Se presentó escrito por D. Enrique Domínguez Montejo, Administrador judicial de INSTITUTS ODONTOLOGICS ASSICIATS, S.L solicitando aclaración de la sentencia referenciada, por entender que se ha producido un error material, escrito que se da íntegramente por reproducido.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Único.—Las aclaraciones de las resoluciones después de firmadas que prevé el art. 267.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tienen por fin, la aclaración de conceptos oscuros o suplir omisiones que la sentencia contenga, así como rectificar los errores materiales manifiestos o los aritméticos, concretando el apartado 4º de dicho precepto y para el caso que nos ocupa, que “las omisiones o defectos de que pudieran adolecer sentencias y autos y que fuere necesario remediar para llevarlas plenamente a efecto podrán ser subsanadas, mediante auto en los mismos plazos y por el mismo procedimiento establecido en el apartado anterior”, es decir, que pueden ser rectificados en cualquier momento. En el presente caso, se ha observado, que efectivamente existen un error material en la sentencia de referencia, concretamente, en el encabezamiento, y en el fallo, por haber señalado que D. Enrique Domínguez Montejo es el Administrador concursal de la empresa MAXDUELL GRAN, S.L., por lo que procede aclarar la sentencia del siguiente modo:

En el encabezamiento:

Debe decir: Vistos por mí, Carmen Lucía Navarro García, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social nº 15 de Valencia y su provincia, los presentes autos de juicio verbal laboral, en materia de cantidad ,entre partes, como demandante DÑA. ALICIA MILLÁN FERNÁNDEZ, asistida por el Graduado Social D. Josep Sornosa Villanueva; la empresa I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U. Administrador Concursal ERNEST AND YOUNG ABOGADOS, S.L.P., la empresa DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., el administrador concursal de las mismas, ERNEST & YOUNG ABOGADOS, S.L.P., representado por D. Jesús Borjabad García, WESTON HILL ASSET MANGEMENT, S.L., y la empresa MAXDUELL GRAN, S.L., la empresa WESTON HILL CAPITAL S.L, JESÚS BORJABAD GARCÍA, administrador concursal ERNST & YOUNG ABOGADOS, S.L.P. y la empresa WESTON HILL INVESTMENTS S.L. ninguno de las cuales, compareció al acto del juicio pese a haber sido citados al mismo en legal forma. Ha sido llamado el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, que compareció representado por el letrado D. Jesús Ballester Andrés.

En el Fallo:

Debe decir: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DÑA. ALICIA MILLÁN FERNÁNDEZ, contra las empresas demandadas I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U. administrador concursal ERNEST AND YOUNG ABOGADOS, S.L.P., la empresa DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L., el administrador concursal de las mismas, ERNEST & YOUNG ABOGADOS, S.L.P., representado por D. Jesús Borjabad García, WESTON HILL ASSET MANGEMENT, S.L., y la empresa MAXDUELL GRAN, S.L., la empresa WESTON HILL CAPITAL S.L, JESÚS BORJABAD GARCÍA, administrador concursal ERNST & YOUNG ABOGADOS, S.L.P. y la empresa WESTON HILL INVESTMENTS S.L. y el FOGASA, condeno solidariamente a las mercantiles demandadas a que abonen a la actora la cantidad de 6.111,80 euros más el 10% de interés legal por mora de las cantidades salariales (2.551,80 euros), estando y pasando por tal declaración las administraciones concursales de las mercantiles condenadas.

Se tiene por desistida a la parte actora de la pretensión formulada contralas mercantiles INSTITUTS ODONTOLÓGICS ASSOCIATS S.L., HEALTH 2015 GROUP S.L., y administración judicial de ambas la empresa DELOITTE FINANCIAL ADVISORY S.L.U. siendo su representante D. Enrique Domínguez Montejo.

Vistos los preceptos citados y demás de pertinente y general aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo:

Aclarar la sentencia nº 85/2020 dictada en los presentes autos de fecha 10 de marzo de 2020 a que se refiere el Fundamento Único de la presente resolución y en los términos expresados en el mismo.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi resolución, lo pronuncia, manda y firma Dª. Carmen Lucía Navarro García, Juez Sustituta del Juzgado de lo social número 15 de Valencia y su provincia.

Y para que conste y sirva de notificación a MAXDUELL GRAN, S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Valencia, a 1 de junio de 2020.—El secretario.

(03/30.041/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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