Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
13-11-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201113-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdetorres de Jarama. Régimen económico. Padrones recogida de residuos sólidos

Por decreto de Alcaldía 530/2020, de fecha, 28 de octubre de 2020, ha sido aprobado inicialmente el padrón correspondiente al ejercicio 2021 de la tasa que a continuación se relaciona:

— Tasa de recogida de residuos sólidos.

Dicho padrón se encontrará en la Oficina Municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón.

Durante los días hábiles comprendidos entre el 8 de enero al 8 de marzo de 2021, para el primer semestre, y entre el 7 de julio y 7 de septiembre de 2021, para el segundo semestre, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes al tributo anteriormente mencionado.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de las siguientes entidades de depósito: “Bankia” y “La Caixa”, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en plaza Constitución, número 1.

Los recibos con domiciliación bancaria se cargarán en cuenta el día 8 de marzo de 2021 para el primer semestre, y el día 7 de septiembre de 2021 para el segundo semestre.

Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdetorres de Jarama, a 29 de octubre de 2020.—El secretario-interventor, Borja Cousido Araujo.

(02/28.973/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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