Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
16-11-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201116-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Majadahonda. Régimen económico. Padrones fiscales

Aprobadas por resolución del concejal de Hacienda, Recursos Humanos, Servicios Jurídicos y Régimen Interior las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2020 del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica e impuesto sobre actividades económicas, por el presente se notifica a los contribuyentes por estos conceptos que las mismas se expondrán al público durante el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio.

Los legítimos interesados pueden formular, si lo estiman necesario y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante este mismo órgano, previo al Contencioso-Administrativo .

El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:

Plazos

Período voluntario: desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2020.

Período ejecutivo: transcurrido el plazo del período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lugar de pago

En las siguientes entidades financieras colaboradoras en los días y horarios de apertura de oficinas: BBVA, Banco Santander, Bankia e Ibercaja de forma presencial en caja de 8:30 a 11:00 horas y en los cajeros, el resto del horario hasta completar las 24 horas.

A través del portal tributario: www.majadahonda.org mediante tarjeta de crédito o débito.

Los contribuyentes que tengan orden de domiciliación para este ejercicio se les enviará el recibo a sus respectivas entidades hacia el día 30 de octubre del 2020.

Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios siguientes.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.

Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el abonaré para realizar el pago, podrán personarse en el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento los días establecidos de atención presencial de 9:00 a 14:00 horas, para que se les expida un duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través de www.majadahonda.org, donde también podrán realizar el pago. Teléfono 916 344 700.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Majadahonda, a 28 de septiembre de 2020.—El concejal de Hacienda, Recursos Humanos, Servicios Jurídicos y Régimen Interior, Ángel Francisco Alonso Bernal.

(02/24.256/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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