Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
17-11-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 1

104
Alcobendas número 1. Procedimiento 1247/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados entre D./Dña. MARY YEPEZ FLORES y D./Dña. JOSE MARCELO PEÑA BAZAN, en cuyos autos se ha dictado Sentencia y Auto de aclaración, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 212/2019

En Alcobendas a 23 de julio de 2019

Vistos por mi MARTA RABADAN TORRECILLA Magistrada-Juez de Primera Instancia del Juzgado Número Uno de Alcobendas, los presentes autos de Juicio Verbal de familia, sobre adopción de medidas definitivas en relación con la hija menor de edad de los litigantes, nº 1247/2017, seguidos a instancias de Dª MARY YEPEZ FLORES, representada por el Procuradora de los Tribunales D. Federico Briones Méndez y defendida por la Letrada Dª Raquel Marina Benito, designados por el turno de oficio, contra D. JOSÉ MARCELO PEÑA BAZÁN en situación de rebeldía procesal y con intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Dª MERY YEPEZ FLORES, frente a D. JOSÉ MARCELO PEÑA BAZÁN, debo acordar las siguientes medidas en relación con el hijo menor de ambos JOSÉ MARCELO PEÑA YEPEZ.

1.- Se atribuye a D.ª Mery Yepez Flores, el ejercicio exclusivo de la patria potestad de su hijo menor José Marcelo Peña Yepez.

2.- Se atribuye a la madre la guarda y custodia del menor, quedando provisionalmente en suspenso la fijación de un régimen de visitas a favor del padre.

3.- Se fija pensión de alimentos del menor a cargo del padre en la cantidad de 250 euros mensuales, en 12 mensualidades al año, que habrán de abonarse en los cinco primeros días de cada mes. Dicha pensión se actualizará el 1 de enero de cada año conforme al IPC que se publique en el Instituto Nacional de Estadística u organismo que pudiera sustituirle.

4.- Los gastos extraordinarios del hijo común se abonarán al 50%.

No se hace expresa condena en costas procesales.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Ilma Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación.

Lo manda y firma Dª Marta Belén Rabadán Torrecilla. Magistrada-Juez de Primera Instancia del Juzgado Número Uno de Alcobendas y su Partido, de lo que doy fe.

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. MARTA BELEN RABADAN TORRECILLA

Lugar: Alcobendas

Fecha: 12 de septiembre de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes diligencias se dictó Sentencia de fecha 23 de julio de 2019 en cuyo fallo, en el apartado primero y segundo, donde dice “… D ª MERY YEPEZ FLORES….” debe decir “… Dª MARY YEPEZ FLORES…”.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo rectificar la Sentencia de fecha 23 de julio de 2019 en cuyo fallo, en el apartado primero y segundo, donde dice “… D ª MERY YEPEZ FLORES….” debe decir “… Dª MARY YEPEZ FLORES…”, permaneciendo invariables el resto de los pronunciamientos de la resolución.

Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación de aquella de la que trae causa la presente y llévese testimonio a los autos principales.

No cabrá recurso alguno contra la presente resolución.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia

Y para que sirva de notificación a D./Dña. JOSE MARCELO PEÑA BAZAN expido y firmo la presente en Alcobendas, a treinta y uno de julio de dos mil veinte

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.657/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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