Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
17-11-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 1

109
Arganda del Rey número 1. Procedimiento 1042/2014

EDICTO

Doña Adela López Molina, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1042/2014, instados por la procuradora doña Alicia Orihuela Velasco, en nombre y representación de Promociones Residenciales Lualca, S. L., contra Raditel Mobile, S. L., en reclamación de, en los que se ha dictado, en fecha 13 de octubre de 2020, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Alicia Orihuela Velasco, en nombre y representación de la mercantil Promociones Residenciales Lualca, S. L., debo condenar y condeno a la demandada al abono de la suma de 35.179,12 euros, más los intereses legales, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, Raditel Mobile, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Arganda del Rey, a 13 de octubre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/28.918/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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