Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
17-11-2020

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-34

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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CORRECCIÓN de errores del Acuerdo de 30 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por el que se abre período de información pública del proyecto técnico, del estudio de impacto ambiental y del plan de restauración correspondientes a la solicitud de autorización de explotación de recursos de la sección A) Gravas y arenas, denominada “V Ampliación a Valdocarros”, número A492, en el término municipal de Arganda del Rey (Madrid), cuyo promotor es Transportes de Aglomerados y Materiales, S. A.

En el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se indica: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Advertidos errores en el Acuerdo de 30 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por el que se abre período de información pública del proyecto técnico, del estudio de impacto ambiental y del plan de restauración correspondientes a la solicitud de autorización de explotación de recursos de la sección A) Gravas y arenas, denominada “V Ampliación a Valdocarros”, número A492, en el término municipal de Arganda del Rey (Madrid), cuyo promotor es Transportes de Aglomerados y Materiales, S. A., se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En el Título del Acuerdo:

— Donde dice: “… por el que se abre período de información pública del proyecto técnico, del estudio de impacto ambiental y del plan de restauración correspondientes a la solicitud…”.

— Debe decir: “… por el que se abre período de información pública del plan de restauración correspondiente a la solicitud...”.

En la línea 7 del primer párrafo del Acuerdo:

— Donde dice: “… durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder al proyecto técnico, al estudio de impacto ambiental y al plan de restauración correspondientes a la solicitud…”.

— Debe decir: “… durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder al plan de restauración correspondiente a la solicitud…”.

En el guión número 9:

— Donde dice: “— El proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental y el plan de restauración ambiental podrá ser consultado…”.

— Debe decir: “— El plan de restauración ambiental podrá ser consultado…”.

Madrid, a 27 de octubre de 2020.—El Director General de Industria, Energía y Minas.

(01/30.100/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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