Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
17-11-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

56
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión de subvenciones

Resolución de 5 de noviembre de 2020, la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por la que se ordena la publicación del Decreto de 4 de noviembre de 2020, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se rectifica el error material publicado en el Anexo de suspensión del procedimiento y plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas de la Convocatoria Pública de Subvenciones 2016 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, número 8.533, de fecha 28 de noviembre de 2019, para la finca sita en la calle Hacienda de Pavones, número 118.

De acuerdo con el artículo 25.2 del Decreto de 30 de junio de 2016, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2016 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda, debe procederse a la notificación de la resolución de la suspensión del procedimiento y plazo de ejecución a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación, igualmente, en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

El delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano ha dictado:

«Primero.—Rectificar el error material para la finca sita en la calle Hacienda de Pavones, número 118, que se produjo en el Anexo de beneficiarios objeto de suspensión del plazo de ejecución de las actuaciones de la resolución de 25 de noviembre de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se ordena la publicación del Decreto de 18 de noviembre de 2019, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, de suspensión del procedimiento y plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas de la Convocatoria Pública de Subvenciones 2016 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, número 8.533, de fecha 28 de noviembre de 2019, en el siguiente sentido:

— Donde dice: “Fecha de incidencia: 14 de marzo de 2019”.

— Debe decir: “Fecha de incidencia: 30 de noviembre de 2018”.

Segundo.—Notificar el presente Decreto en los términos establecidos en la convocatoria».

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Madrid, a 5 de noviembre de 2020—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.

(01/29.849/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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