Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
17-11-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
La Cabrera. Régimen económico. Ordenanza fiscal vehículos

Habiendo sido elevado a definitivo por ausencia de reclamaciones durante el período de exposición pública, el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de esta Corporación con fecha 30 de enero de 2020, sobre la modificación de ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, eliminando la letra c) del artículo 6 de la citada ordenanza, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación íntegra de la misma.

“Artículo 6. Bonificaciones.—1. Se establecen las siguientes bonificaciones de las cuotas:

a) Una bonificación del 75 por 100 a favor de los vehículos cuyos motores reúnan las siguientes características:

— Vehículo de motor eléctrico y/o de emisiones nulas.

b) Una bonificación del 100 por 100 a favor de los vehículos históricos, en los términos previstos en el artículo 1 del Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

2. La bonificación prevista en la letra a) del apartado anterior deberá ser consignada y aplicada por el sujeto pasivo en la declaración-liquidación del impuesto.

La bonificación prevista en la letra b) deberá ser solicitada por el sujeto pasivo a partir del momento en el que se cumplan las condiciones exigidas para su disfrute.

3. La aplicación de cualquiera de las anteriores bonificaciones tendrá efectos a partir del ejercicio siguiente al de su concesión”.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En La Cabrera, a 4 de noviembre de 2020.—El alcalde, Gregorio Miguel Cerezo Hernández.

(03/29.721/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-72