Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
17-11-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201117-92

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES PANTUEÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

92
Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña. Régimen económico. Ordenanza prestaciones violencia de género

Acuerdo del Pleno de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, con sede en el municipio de Torres de la Alameda, por el que se aprueba inicialmente la ordenanza específica reguladora de las prestaciones económicas de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, en favor de mujeres víctimas de violencia de género, en régimen de concurrencia competitiva.

El Pleno de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, con sede en el municipio de Torres de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2020, acordó la aprobación inicial y, con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, de la ordenanza específica reguladora de las prestaciones económicas de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, en favor de mujeres víctimas de violencia de género, en régimen de concurrencia competitiva.

Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), a fin de que, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la Secretaría-Intervención de esta Mancomunidad, y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno de la Mancomunidad.

En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 49 “in fine” de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Torres de la Alameda, a 4 de noviembre de 2020.—El presidente de la Mancomunidad, Carlos Sáez Gismero.

(03/29.529/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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