Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
18-11-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201118-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3

206
Móstoles número 3. Ejecución 58/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 3 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 58/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON JESÚS RUIZ REBOREDO frente a CRISTAL ABEJERA, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, DON JESÚS RUIZ REBOREDO, frente a la demandada CRISTAL ABEJERA, S. L., parte ejecutada, por un principal de 44.601,32 y 6.690,18 de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 5434-0000-64-0058-20.

Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

DOÑA YOLANDA URBAN SÁNCHEZ

LA MAGISTRADA-JUEZ

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DOÑA MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR

Y para que sirva de notificación en legal forma a CRISTAL ABEJERA, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.902/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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