Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
18-11-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201118-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
San Fernando de Henares. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 15 de octubre de 2020, los expedientes de modificación de crédito que a continuación se citan para el ejercicio económico 2020, con arreglo a lo previsto en artículo 11.5 las bases de ejecución presupuestarias vigentes y de conformidad con lo establecido en el apartado 6, del artículo 177, del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, el citado acuerdo es inmediatamente ejecutivo y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, en relación con el 177.2, del mismo texto refundido, y el artículo 38.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público los expedientes y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

Relación de expedientes de modificación de crédito

— Expediente 3/13/2020MC por suplementos de crédito.

— Expediente 3/14/2020MC por créditos extraordinarios.

Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo constar que durante quince días hábiles los interesados legítimos definidos en el artículo 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán presentar los recursos y reclamaciones que crean oportunos, que serán resueltas en el plazo de ocho días, entendiéndose desestimadas si no fueran resueltas en ese plazo, iniciándose el plazo para el recurso jurisdiccional contencioso-administrativo que pudieran promover.

De conformidad con el acuerdo adoptado los expedientes de modificación de crédito se considerarán definitivamente aprobados, si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones.

San Fernando de Henares, a 4 de noviembre de 2020.—El alcalde, Francisco Javier Corpa Rubio.

(03/29.727/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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