Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
19-11-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

14
ORDEN 2859/2020, de 5 de noviembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 2619/2017, de 13 de julio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el precio del menú escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid dispone de un importante sistema de protección del que se benefician las familias madrileñas en situación de desventaja social, uno de cuyos instrumentos es la Renta Mínima de Inserción (RMI). En el ámbito educativo, y por lo que se refiere al servicio de comedor escolar en centros sostenidos con fondos públicos, dicha condición permite beneficiarse de una importante reducción en el precio diario del menú escolar, tal y como establece la Orden 2619/2017, de 13 de julio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el precio del menú escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

La puesta en marcha de una nueva medida de protección social, el procedimiento para la concesión del Ingreso Mínimo Vital (IMV), ha supuesto que aquellas familias madrileñas que han accedido al Ingreso Mínimo Vital hayan perdido la condición de perceptores de la Renta Mínima de Inserción, lo que impide que se beneficien del precio reducido de comedor escolar establecido para dicho perfil. Ello supone que dichas familias han visto incrementado el importe que deben aportar para el pago del comedor escolar sin que su nivel de renta se haya visto mejorado significativamente.

La Orden 9954/2012, de 30 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se modifica la Orden 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los comedores colectivos escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid recoge que: “La Consejería competente en materia de educación podrá establecer precios reducidos del menú escolar en función de las circunstancias socioeconómicas y familiares de los alumnos”.

Por ello, con el propósito de mantener el derecho a un precio reducido de comedor que dichas familias ya tenían reconocido, la Consejería de Educación y Juventud ha decidido modificar la normativa existente para que puedan seguir beneficiándose del precio reducido de comedor escolar.

Para ello es necesario modificar puntualmente la Orden 2619/2017, de 13 de julio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el precio del menú escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud.

DISPONGO

Primero.

Modificación de la Orden 2619/2017, de 13 de julio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el precio del menú escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid

La Orden 2619/2017, de 13 de julio, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 2.1., Precios reducidos, con la siguiente redacción:

“2.1. Se fija en 1 euro el precio diario del menú escolar o comedor escolar a aplicar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid a los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción y a los que se les ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital”.

Segundo

Producción de efectos

La Orden producirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2020.

Madrid, a 5 de noviembre de 2020.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/30.018/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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