Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
19-11-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-46

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Las Rozas de Madrid. Regimen económico. Precios públicos

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2020, adoptó el acuerdo de aprobación de los siguientes precios públicos correspondientes a la Concejalía de Cultura (Escuela de Música y Danza y Talleres Municipales), que estarán vigentes hasta tanto no se proceda a la modificación de los mismos:







Precios para la oferta de talleres de corta duración o cursos monográficos.—El precio del taller de corta duración o curso monográfico se calculará multiplicando el número de horas total por el precio hora propuesto. Con un redondeo a la moneda de 100 céntimos de euro, siendo a la baja en los casos de unidades de céntimo de 1 a 49 y al alza de 50 a 99.

— Precio medio de la hora en los cursos completos adultos: 2,90 euros.

— Precio medio de la hora en los cursos completos infantil: 2,80 euros.

En caso de alternar clases presenciales con clases virtuales y desarrollo de contenidos en casa, los precios públicos quedan reducidos en un 50 por 100.

En caso de realizar todas las clases de forma virtual, los precios públicos quedan reducidos en un 50 por 100.

Las matriculas para todos los talleres de carácter anual se establece en 20 euros, excepto en los casos que reúnan los requisitos para la reducción de precios públicos en la matricula. La matrícula implica el inicio de la gestión de la actividad, por lo que una vez abonada no procederá devolución excepto cuando corresponda a ingresos erróneos o indebidos.

Se efectuará una reducción en los precios públicos, en aquellos casos que concurran circunstancias económicas o sociales especiales.

Tanto para los cursos de carácter anual, como para los talleres de corta duración y cursos monográficos los alumnos no empadronados en el municipio tienen un incremento del 50 por 100 en las cuotas.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dichos acuerdos ponen fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante interponer contra el mismo el recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto-legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del Partido Judicial de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Las Rozas de Madrid, a 5 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, P. D. (Decreto de Alcaldía-Presidencia), la concejal-delegada de Cultura y Juventud, Gloria Fernández Álvarez.

(03/27.089/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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