Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
19-11-2020

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

8
RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que, en cumplimiento de sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 19 de Madrid, se modifica la puntuación obtenida por don José Eduardo López Bravo en el procedimiento selectivo para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los citados Cuerpos, convocado por resolución de 6 de abril de 2016, así como el número de orden que ocupaba en la lista de seleccionados.

Vista la Sentencia número 81/2020, de 21 de abril de 2020, del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 19 de Madrid (procedimiento abreviado 69/2017), devenida firme, en el recurso interpuesto por don José Eduardo López Bravo, contra la Resolución de 22 de enero de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso, en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los citados Cuerpos, convocado por Resolución de 6 de abril de 2016.

Teniendo en cuenta que la referida Sentencia, estima las pretensiones de don José Eduardo López Bravo, en lo que afecta a la fase de concurso del proceso selectivo, anulando el acto administrativo impugnado y ordenando retrotraer el procedimiento para una nueva puntuación del demandante, en concreto, otorgándole un punto (1.000 puntos) en el apartado 2.3.1 del baremo de méritos del Anexo V de la precitada Resolución de 6 de abril de 2016: “Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, o títulos declarados legalmente equivalentes, y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una licenciatura, Arquitectura o Ingeniería (1.00).”

Valorados nuevamente los méritos alegados por el recurrente, de acuerdo con el derecho reconocido por la Sentencia en ejecución, resulta que don José Eduardo López Bravo debe alcanzar en la fase de concurso un total de 7,000 puntos, según el siguiente desglose: por el apartado 1 debe mantener los 2,5000 puntos ya otorgados; por el apartado 2 debe alcanzar 2,5000 puntos y por el apartado 3 debe obtener 2,0000 puntos.

Teniendo en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en la base octava “Selección de Aspirantes” de la Resolución de convocatoria, la puntuación global, en virtud de la cual los aspirantes resultaban seleccionados, se constituía con la suma de dos tercios de la puntuación obtenida en la fase de oposición y de un tercio de la alcanzada en la fase de concurso y que, con la nota obtenida por don José Eduardo López Bravo en la fase de oposición: 8,4260 puntos y los 7,0000 puntos alcanzados ahora en la fase de concurso, el recurrente debe obtener, de acuerdo con la ponderación prevista, una puntuación global de 7,9506 puntos, lo que comporta una modificación en el orden que debe ocupar en la lista de seleccionados, situándose, con sus 7,9506 puntos, en el número 17 (bis), en lugar del número 36, que venía ocupando.

Esta Dirección General, de conformidad con la competencia atribuida por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,

RESUELVE

Primero

Adjudicar a don José Eduardo López Bravo 7,0000 puntos, con el desglose ya detallado, en la fase de concurso en el procedimiento selectivo para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los citados Cuerpos, convocado por Resolución de 6 de abril de 2016.

Segundo

Adjudicar a don José Eduardo López Bravo el número de orden 17 (bis) en la lista de seleccionados, en lugar del número 36, que venía ocupando, con una nota global ponderada de 7,9506 puntos.

Madrid, a 11 de noviembre de 2020.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/30.330/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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