Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
24-11-2020

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201124-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

12
ORDEN 2958/2020, de 13 de noviembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se resuelve la convocatoria de los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid, de acuerdo con la Orden 1124/2020, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se convocan estos premios correspondientes al año 2020.

Mediante la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, se crearon los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

A través de la Orden 1124/2020, de 2 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, se convocaron los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2020, cuyo extracto se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 17 de junio de 2020.

Según la disposición novena de la citada Orden 1124/2020, el jurado, una vez estudiados los expedientes, elevará propuesta de premiados a la Consejería competente, que resolverá mediante Orden, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En la citada Orden 1124/2020 igualmente se establece que el fallo del jurado será inapelable.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, corresponde a dicha Consejería el ejercicio de las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de educación y juventud.

En virtud de la normativa aludida y vista la propuesta de premiados del jurado de los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid

DISPONGO

Primero

Ayudas concedidas

Conceder los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid, junto con una distinción conmemorativa, a las siguientes candidaturas:

En la modalidad de Superación a:

— Primer premio: David Rodríguez Vázquez.

— Segundo premio: Candela Molina Gutiérrez.

— Tercer premio: Sandra Gómez Gálvez.

En la modalidad de Tolerancia:

— Primer premio: Carlos Gutiérrez Herrero.

— Segundo premio: David Andújar García.

— Tercer premio: Silvia González Iturraspe.

En la modalidad de Solidaridad:

— Primer premio: María Caso Escudero.

— Segundo premio: Juan Caballero Baeza.

— Tercer premio: Elisa Pozo Menéndez.

Los premios se reparten del siguiente modo en cada una de las categorías:

— Primer premio: 2.500 euros.

— Segundo premio: 1.500 euros.

— Tercer premio: 1.000 euros.

Esta dotación económica, con los importes indicados, se realiza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, Programa 232 A, Subconcepto 48399.

Segundo

Renuncia

En caso de que un candidato desee proceder a la renuncia al premio, deberá hacerse por escrito y personalmente por el interesado con carácter previo al acto de entrega del premio. En caso de menores de edad, la renuncia deberá realizarse por su representante legal.

Tercero

Publicación de la Orden

La presente Orden, que resuelve la convocatoria de estos premios, será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Educación y Juventud, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; ambos plazos, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno interponer.

Madrid, a 13 de noviembre de 2020.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/30.991/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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