Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
24-11-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201124-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

138
Madrid número 39. Procedimiento 516/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 516/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO MENACHO OREJUELA frente a Fogasa y OMEGA CGR TELECOM S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando en parte la demanda interpuesta por D. Antonio Menacho Orejuela, frente a la empresa OMEGA GCR TELECOM S.L. y el FOGASA, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa; al abono al demandante de la suma de 3.750,00 euros, en concepto de cantidad salarial bruta reclamada, que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OMEGA CGR TELECOM S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.648/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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