Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
24-11-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201124-54

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

54
Madrid número 66. Procedimiento 643/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 643/2018 entre D./Dña. Dña. LUZ NEY AGUIRRE MARTINEZ y D. NELSON PARRA VIVEROS, en cuyos autos se ha dictado auto de fecha 3 de noviembre de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se estima la petición formulada de rectificar la Sentencia de fecha 6 de octubre de 2020, en el sentido de que donde dice en:

Antecedentes de Hecho. Primero: “...NELSON DAVID PARRA AGUIRRE...” debe decir: “...NELSON PARRA VIVEROS...”.

Fundamentos de Hecho. Primero: “...NELSON DAVID PARRA AGUIRRE debe decir: “...NELSON PARRA VIVEROS...”.

Fallo: “...NELSON DAVID PARRA VIVEROS...” debe decir “...NELSON PARRA VIVEROS...”.

Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación de aquella de la que trae causa la presente y llévese testimonio a los autos principales.

No cabrá recurso alguno contra la presente resolución.

Lo acuerda y firma S.Sª.

La Magistrado-Juez”

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado DON NELSON PARRA VIVEROS y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal. En Madrid, a diez de noviembre de dos mil veinte.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/30.553/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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