Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
25-11-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201125-131

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

131
Madrid número 14. Procedimiento 970/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Ángeles Charriel Ardebol, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 970/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. OSCAR RAMOS SANTA frente a TROPIANA BUILDING EURO 2000 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a veintiuno de octubre de dos mil veinte.

La extiendo yo, la Letrada de la Admón. de Justicia, para dar cuenta a SSª Ilma de la anterior demanda presentada por Dña. MARÍA DEL ROSARIO MONTALVO CAMPANO, contra OPTIMA FACILITY SERVICES SL, Dña. GUADALUPE MOSQUERA ESPADA, Dña. CONSOLACIÓN SANZ MANJÓN, Dña. ÁNGELA PAOLA ELIZALDE DE PRADO, Dña. MARÍA MERCEDES BOTE PRADO, Dña. CONCEPCIÓN DEL RÍO DOMÍNGUEZ y Dña. MARÍA DEL CARMEN COLORADO TOIMIL, en materia de Materias laborales individuales, que ha correspondido a este Juzgado en turno de reparto. Doy fe.

DECRETO

En Madrid, a veintiuno de octubre de dos mil veinte.

PARTE DISPOSITIVA

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada, y atendiendo a la situación actual de crisis sanitaria producida por el COVID-19, el señalamiento del presente procedimiento se realizará cuando las circunstancias lo permitan, al no tratarse de un procedimiento de tramitación urgente.

Quedan los autos en mesa de SSª al objeto de que resuelva respecto a la prueba interesada por la parte actora en el escrito de demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S.).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TROPIANA BUILDING EURO 2000 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.713/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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