Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
25-11-2020

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201125-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

16
ORDEN 567/2020, de 12 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se revocan total o parcialmente subvenciones concedidas en virtud de la Orden 458/2020, de la Vicepresidencia, Consejería Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2020.

Mediante Orden 602/2018, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales.

Por Orden 165/2020, de 19 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se aprueba la convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales.

El artículo 2 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 1 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye las competencias en materia de deportes a la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.

En virtud del Decreto 281/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se atribuye a la Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte en el artículo 7.n) la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 458/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2020.

Con posterioridad a la concesión, ha habido ocho entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista en el artículo 9.2 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo, y el apartado 8.2 de la Orden 165/2020, de 19 de marzo, debido a que, desde la concesión de la subvención, el beneficiario no se ha mantenido de alta en la federación y/o no sigue participando en competición federada en alguna de las competiciones a las que se refiere el apartado primero de la citada Orden 165/2020.

El apartado quinto de la Orden 41/2019, de 20 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, cuando el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

En su virtud, y de conformidad con las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Primero

Revocar la totalidad de las ayudas concedidas por Orden 458/2020, de 18 de septiembre, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019, actualmente prorrogado para el año 2020 mediante Decreto 315/2019, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, a las entidades relacionadas a continuación, al haber sido presentados los certificados de justificación negativos por las federaciones correspondientes, no cumpliendo por tanto, los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y en el apartado 8.4 de la Orden 165/2020, de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2020:

Segundo

Revocar parcialmente la ayuda concedida por Orden 458/2020, de 18 de septiembre, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019, actualmente prorrogado para el año 2020 mediante Decreto 315/2019, de 27 de diciembre del Consejo de Gobierno, a la entidad relacionada a continuación, al haber sido presentado el certificado de justificación negativo por la Federación de Baloncesto de Madrid, no cumpliendo por tanto, los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y el dispongo 8.4 de la Orden 165/2020, de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2020:

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2020.—El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, P. D.(Orden 41/2019, de 20 de noviembre), el Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, Alberto Álvarez Filgueira.

(03/31.547/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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