Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
25-11-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201125-188

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

188
Móstoles número 1. Ejecución 113/2019

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 113/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON CARLOS RODRIGUEZ FERNANDEZ frente a GRUPO PRÁDENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

EJECUCIÓN N.° 113/2019

Ejecutante: DON CARLOS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ.

Ejecutado: GRUPO PRÁDENA GESTIONES E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S. L.

Diligencia.—En Móstoles, a veintidós de septiembre de dos mil veinte.-La extiendo yo, la Letrada de la Admón. de Justicia, para hacer constar que el día 15/9/2020, ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la Graduada Social, de DON CARLOS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ,. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

En Móstoles, a 22 de septiembre de 2020.

Por presentado el anterior escrito de la Graduada Social doña Galia S. Sidahmed Gutiérrez en representación DON CARLOS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, únase a los autos de su razón.

Habiéndose solicitado por la parte ejecutante la ampliación de la ejecución frente a las empresas EQUIPO SOLAR XXIV, S. L., RESIDENCIAL TEMPRANALES GRUPO PRÁDENA S. L. (ANTIGUA EQUIPO SOLAR XXXV), RESIDENCIAL FUENLABRADA LA MALAGUETA, S. L. (ANTIGUA EQUIPO SOLAR XXXII), EQUIPO SOLAR XXV, S. L., HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN ALJO, S. L. (ANTIGUA EQUIPO SOLAR XXX), HOSTELERÍA SUR LA MALAGUETA, S. L. (ANTIGUA EQUIPO SOLAR XXXI), HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN LÉNVERS, S. L. (ANTIGUA EQUIPO SOLAR XXVIII), PRÁDENAS VIVIENDAS, S. L., cuya notificación resultó negativa cíteselas por edictos y asimismo cítese al presente incidente de ampliación a DON JONATHAN PRAENA SÁNCHEZ y DON ALBERTO GARCÍA DE PRÁDENA.

De conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LJS) se acuerda citar a las partes a la oportuna comparecencia incidental, en la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el día 2/12/2020 a las 11:20 horas.

Remítase oficio al administrador concursal de Gadepra, S. L., en los términos solicitados por la parte.

Se advierte a las partes que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la LJS).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( artículo 186.1 LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALBERTO GARCÍA DE PRÁDENA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 13 de noviembre de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/30.799/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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