Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
26-11-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201126-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

87
Madrid número 75. Procedimiento 106/2020

EDICTO

Doña María Jesús Carasusan Albizu, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 75.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento relaciones paterno-filiales no consensuados número 106/2020, instados por el procurador de los tribunales don Juan María Vigon Uzquiano, en nombre y representación de doña María Isabel Huaman Arrieta, contra don Jorge Luis Baca Hernández, en los que se ha dictado sentencia de 27 de octubre de 2020, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta: 2102- 0000-02-0106-20, que este Juzgado tiene abierta en Banco Santander, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso. Si el ingreso se efectuare por transferencia deberá además hacer constar el siguiente IBAN: ES55-0049-3569-9200-0500-1274, haciendo constar en el campo “conceptos y observaciones” los siguientes dígitos: 2102-0000-02-0106-20.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Jorge Luis Baca Hernández, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 27 de octubre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.961/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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