Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
27-11-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201127-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

113
Madrid número 15. Procedimiento 1103/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

HAGO SABER:Que en el procedimiento 1103/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. TOMAS TORRES JIMENEZ frente a WORLD ENG XXI S.L., ANDARTA INFRAESTRUCTURAS SL, FOGASA, D./Dña. ESTEBAN PIJOAN MARIN y PROBATBAU SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA nº 238/2020

En Madrid, a 15 de octubre de 2020.

Dª Isabel Sánchez Peña, Juez del Juzgado de lo Social Nº 15 de Madrid (Refuerzo) ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral Nº 1103/202019 y acumulado Nº1143/2019 seguidos entre las partes, de una como demandante D. TOMAS TORRES JIMENEZ asistido por el Letrado D. Raul Curto González y de la otra como demandados: ANDARTA INFRAESTRUCTURAS S.L. que comparece representada por D. José Alberto Soria Arias y asistida por el Letrado D. Antonio Gordillo Perales; WORLD ENG XXI S.L., PROBATBAU S.L., D. ESTEBAN PIJOAN MARIN, que no comparecen y siendo citado FOGASA que tampoco comparece; sobre despido y cantidad.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. TOMAS TORRES JIMENEZ frente a WORLD ENG XXI S.L., PROBATBAU S.L., D. ESTEBAN PIJOAN MARIN, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y en consecuencia condeno a la empresa demandada PROBATBAU S.L. a la inmediata readmisión del demandante o, a elección de aquélla, a que le indemnice con la suma de 2169,86 euros y en caso de readmisión al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución a razón de 65,75 euros/día; condenando igualmente a dicha demandada a abonar al actor la cuantía de 1466,66 euros más el 10% de interés en concepto de mora y absolviendo al resto de los codemandados de los pedimentos formulados en su contra; debiendo igualmente ABSOLVER a FOGASA sin perjuicio del art. 33 E.T

Se acuerda tener por desistido a D. TOMAS TORRES JIMENEZ de la demanda interpuesta frente a ANDARTA INFRAESTRUCTURAS S.L.

Se hace advertencia de que la citada opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no hacer la opción expresamente, se entenderá que opta por la readmisión.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a WORLD ENG XXI S.L., D./Dña. ESTEBAN PIJOAN MARIN y PROBATBAU SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.213/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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