Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
27-11-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201127-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvención

Resolución de 25 de noviembre de 2020, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión, desistimiento o denegación definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas convocadas por Decreto de 18 de abril de 2013, de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, destinadas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios.

De acuerdo con el artículo 17 del Decreto de 18 de abril de 2013, de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2013 destinadas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios, debe procederse a la notificación de la resolución definitiva de concesión, desistimiento o denegación a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en este último junto con su Anexo.

En las fechas que se indican en cada caso, el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano ha dictado resolución definitiva de concesión de subvención para cada uno de los beneficiarios del Anexo I, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de concesión definitiva, así como resolución definitiva de desistimiento o denegación para los solicitantes indicados en el Anexo II (Anexos publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, https://sede.madrid.es). El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, número 21, 28042 Madrid.

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, según dispone el artículo 28.4 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de fecha 30 de octubre de 2013, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Madrid, a 25 de noviembre de 2020.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.

(01/31.991/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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