Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
30-11-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201130-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Leganés. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Con fecha 10 de noviembre de 2020, la Junta de Gobierno Local adoptó el siguiente acuerdo:

«…Primero.—Modificar el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de junio de 2019, de delegación de competencias en los y las titulares de las concejalías delegadas y direcciones generales, en los siguientes términos:

1. Modificar el apartado primero, de delegación de competencias en el o la titular de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Industrias y Patrimonio, añadiendo un punto 2 con la siguiente redacción:

“2. La concesión de todo tipo de autorizaciones de actos de construcción, edificación y usos del suelo, que se tramiten en el Área de Urbanismo, Industrias y Patrimonio, a excepción de las licencias urbanísticas”.

2. Modificar el apartado tercero, de delegación de competencias en el o la titular de la Concejalía Delegada de Obras e Infraestructuras y Presidencia de la Junta de Distrito de Zarzaquemada, añadiendo un punto 2:

“2. La gestión y concesión de licencias de obra y declaraciones responsables para actuaciones en la vía pública (zanjas, calicatas, acometidas de servicios públicos y análogas), que irá implícita a la autorización de ocupación de dominio público”.

3. Modificar el apartado quinto, de delegación de competencias en el o la titular de la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Presidencia de la Junta de Distrito de La Fortuna, añadiendo un punto 2:

“2. Autorización de tala y trasplante de árboles, de masas arbóreas o de vegetación arbustiva”.

Segundo.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la adopción de este acuerdo se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Tercero.—El presente acuerdo surtirá efecto a partir del día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre, a fin de que quede enterado del mismo».

Leganés, a 16 de noviembre de 2020.—El alcalde-presidente, Santiago Llorente Gutiérrez.

(03/31.332/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201130-53