Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
01-12-2020

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201201-10

Páginas: 10


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

10
ORDEN 594/2020, de 24 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se conceden ayudas en el año 2020 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

Mediante la Orden 1853/2016, de 9 de junio, modificada por la Orden 1659/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, se establecieron las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales y por Orden 167/2020, de 19 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se aprobó la convocatoria de dichas ayudas para el año 2020.

El artículo 2 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de agosto de 2019), atribuye las competencias en materia de deportes a la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.

El artículo 1.1 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, crea la Viceconsejería de Deportes. Posteriormente, el artículo 7.n) del Decreto 281/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, atribuye a la Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, dentro de la Viceconsejería de Deportes, la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a deportistas y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades públicas o privadas de la Comunidad de Madrid, en el ámbito material de competencias de la Dirección General.

Vista la propuesta de Resolución de 24 de noviembre de 2020, del Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, realizada en función de lo acordado en el Acta de la Comisión de Evaluación de 23 de noviembre de 2020, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Conceder las ayudas a deportistas por las cuantías que se relacionan en el anexo I de la presente orden.

Segundo

Aprobar la relación de solicitudes suplentes que se relacionan en el anexo II de la presente orden.

Tercero

Las solicitudes no incluidas en los citados anexos se entenderán desestimadas.

Cuarto

El pago de estas subvenciones se realizará con cargo al subconcepto 48099 del Programa 336A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019, actualmente prorrogado para el año 2020 mediante Decreto 315/2019, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por un importe de 975.000 euros.

Quinto

Las ayudas concedidas se abonarán a los beneficiarios previa presentación, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente orden, del certificado a que se refieren el artículo 9.2 de la Orden 602/2018 y el dispongo 8.1 de la Orden 167/2020, ya citadas.

Sexto

Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 12 de las bases reguladoras.

Séptimo

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2020.—El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno), el Viceconsejero de Deportes, Roberto Núñez Sánchez.















(03/32.071/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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