Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
01-12-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201201-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANISMO

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Las Rozas de Madrid. Urbanismo. Proyecto reparcelación

La Junta de Gobierno local, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de noviembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Resolver las alegaciones formuladas en el sentido propuesto por el redactor en los informes evacuados al efecto, de los que se remitirá copia a los interesados para su conocimiento y demás efectos junto con la notificación del presente acuerdo.

Segundo.—Aprobar con carácter definitivo el «Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución UE-VII.1 “Sistemas Generales PE + Kodak”, de Suelo Urbano No Consolidado del PGOU de Las Rozas de Madrid», redactado por D. Santos López Colón, arquitecto colegiado en el COAM con el número 6.080.

Tercero.—Proceder a la formalización del Proyecto de Reparcelación mediante el otorgamiento de escritura pública o la expedición de documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos legalmente, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 174 del Reglamento de Gestión Urbanística y los artículos 6 y 7 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

Cuarto.—Publicar el presenta acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y notificarlo a todos los interesados, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25.2 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana 7/2015 y en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Quinto.—Tras la formalización del Proyecto de Reparcelación, instar su inscripción en el Registro.

Sexto.—Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que lo ha adoptado, según lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos de la correspondiente publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.

Las Rozas de Madrid, a 24 de noviembre de 2020.—El alcalde, P. D. (decreto 1159/2020, de 13 de marzo), el concejal-delegado de Presidencia, Urbanismo y Portavocía del Gobierno, Gustavo Rico Pérez.

(02/32.001/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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