Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
02-12-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201202-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Paracuellos de Jarama. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de la Concejalía de Empleo y Formación, de fecha 24 de noviembre de 2020, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones, que otorga el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, de ayudas de emergencia, de carácter excepcional y de interés público, de becas de formación para el fomento del empleo que respondan al impacto económico del COVID-19, de carácter puntual, destinadas a la mejora de la formación y obtención de certificaciones oficiales, y sobre aquellas personas en especial situación de dificultad económica, que sean desempleados en el municipio de Paracuellos de Jarama.

BDNS: 535335

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, podrán obtener la condición de beneficiario, todos aquellos ciudadanos empadronados en el municipio de Paracuellos de Jarama, desempleados, que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria:

a) Los beneficiarios, que en todo caso serán personas físicas, deberán reunir los siguientes requisitos:

— Ser persona física desempleada con certificado de demanda de empleo en vigor.

— Encontrarse en uno de los cuatro siguientes supuestos:

a) Ser colectivo en riesgo de exclusión social sin derecho a prestaciones por desempleo o análogas con informe previo remitido por los Servicios Sociales.

b) Ser perceptor de subsidio por desempleo.

c) Ser perceptor de Renta Mínima de inserción.

d) Ser perceptor o tener derecho a la ayuda del Ingreso Mínimo Vital.

— Encontrarse empadronado en el municipio de Paracuellos de Jarama a fecha 1 de enero de 2020.

b) Cumplir con los objetivos que se detallan en el apartado 3 de la presente convocatoria.

c) Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.

d) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Becas de formación para el empleo, de carácter puntual, destinadas a cubrir necesidades básicas de adquisición de certificaciones oficiales en la rama sociosanitaria, higiene y seguridad en el trabajo, nuevas tecnologías, desarrollo de APP y obtención del certificado de competencia profesional en transporte, para encontrar un empleo y que respondan al impacto económico del COVID-19 sobre aquellas personas en especial situación de dificultad económica en el municipio de Paracuellos de Jarama conforme a las condiciones que se establecen en las disposiciones siguientes.

Las acciones formativas objeto de subvención serán las realizadas y facturadas en el período 16 de marzo de 2020 a 31 de diciembre de 2020 y que cumplan los requisitos y documentación que se recogen en las presentes bases de convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras.—Pueden consultarse en la BDNS y en la página web municipal.

Cuarto. Cuantía.—Podrán acogerse a estas ayudas de becas de formación por importe máximo de 250 euros por desempleado todos aquellos ciudadanos empadronados en el municipio de Paracuellos de Jarama, que cumplan los requisitos previstos en la norma de las presentes bases reguladoras.

Siendo la cuantía total máxima de la subvención asciende a la cantidad de 15.000,00 euros, aplicación 2313-48008 “Emergencia Social. Ayudas Emergencia Social” del Presupuesto de Gastos del presupuesto del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama para el ejercicio 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida se presentarán, dentro del plazo de un mes a partir del siguiente a la publicación del anuncio del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro del Ayuntamiento (plaza de San Pedro, sin número, Paracuellos de Jarama), o por cualquiera de los medios recogidos en el artículo 16 apartado de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento utilizando los modelos que aparecen como anexos en la presente convocatoria.

En Paracuellos de Jarama, a 24 de noviembre de 2020.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrúa.

(03/31.804/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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