Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
03-12-2020

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201203-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

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Catalunya. Barcelona. Sala de lo Social. Procedimiento 378/2017

EDICTO

En el Rollo de Sala nº 6797/2018 (R.C.-E), formado para resolver el recurso de suplicación interpuesto contra resolución dictada por el Juzgado Social 1, Barcelona, en los autos Demandas nº 378/2017, se ha dictado resolución con fecha 25 de febrero de 2020, en la que se tiene por preparado el recurso de casación para unificación de doctrina, y con fecha 18 de Septiembre de 2020, en la que se ha tenido por formalizado el recurso de casación para la unificación de la doctrina contra la sentencia dictada por esta Sala, y se ha acordado emplazar a las partes para su personación por escrito por medio de Letrado ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro de los diez días siguientes, con las menciones del apartado 1 del artículo 221 de la LRJS, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones. La recurrente se entenderá personada de derecho con la remisión de los autos.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en forma a INMUEBLES CERVINO S.L., cuyo paradero actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados salvo las que deban revestir la forma de Auto o Sentencia, o decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la LRJS y para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.

En Barcelona, a nueve de noviembre de dos mil veinte

LA LETRADA DE LA ADM. DE JUSTICIA DE SALA

Dª MERCEDES INIESTA GARCIA

(03/30.083/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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