Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
04-12-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201204-129

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

129
Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Acuerdo de 16 de noviembre de 2020, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan ayudas por adquisición de productos bebé del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, a familias empadronadas y residentes de la localidad.

BDNS (Identif.): 534195

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Las personas físicas con hijos/as menores de treinta y seis meses en el momento de la solicitud, y que hayan adquirido productos de higiene y alimentación para bebés, en el período transcurrido desde el 1 de enero de 2020 hasta el día siguiente de la publicación de las bases o un extracto de la mismas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo. Objeto.—Regular el proceso de concesión de ayudas por adquisición de productos de higiene y alimentación para bebés, como medida de fomento y apoyo de la vida, la familia y la natalidad en el municipio de Villanueva del Pardillo.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras fueron aprobadas en sesión extraordinaria del Pleno de 14 de octubre de 2020, y publicadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 11 de noviembre de 2020.

Cuarto. Cuantía.—El importe global máximo para las ayudas convocadas para el año 2020 asciende a 10.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2313 48002, del presupuesto de gastos del 2020 del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—La percepción de estas ayudas no será compatible con otras para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad de Madrid o por otras Administraciones.

En Villanueva del Pardillo, a 26 de noviembre de 2020.—El alcalde-presidente, Eduardo Fernández Navarro.

(03/32.535/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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