Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
04-12-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201204-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

143
Madrid número 20. Procedimiento 131/2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 131/2013, entre don José Miguel Ortiz de Zarate y otros tres, contra don Fernando Gallo Pérez y otros, en cuyos autos se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 145 de 2019

En Madrid, a 31 de mayo de 2019.—La magistrada-juez, doña Blanca Rosa Bartolomé Collado.

Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 131/2013, siendo demandante don Javier y doña Begoña Ortiz de Zarate, así como doña Begoña Aranzamendi Gutiérrez, en calidad de herederos y viuda de don José Miguel Ortiz de Zarate, representados por el procurador señor Marcos Moreno y asistidos por la letrada señora de la Orden Fernández, y demandados don José Gómez Tejedor Chinchilla, sucedido procesalmente por sus herederos doña María Victoria, doña María Lourdes, doña Araceli, doña María Rosario, doña María del Carmen y don José Antonio Gómez Tejedor Spínola, don Joaquín Spínola Gómez Tejedor, doña María Rebeca y doña Sonia Araceli Bueno Gómez Tejedor; don José Gallo Pérez, sucedido procesalmente por sus herederos doña María Jesús, doña Inés Alicia y don José Manuel Gallo del Valle; don José Luis Prieto Rodríguez, sucedido procesalmente por sus herederos don José Luis, don Ignacio, don David, doña Celina y doña María Eugenia Pérez Martín; y contra don Fernando Gallo Pérez, dicta la presente resolución en base a los siguientes,

Fallo

Que, desestimando la demanda interpuesta por el procurador señor Marcos Moreno, en nombre y representación de don Javier y doña Begoña Ortiz de Zárate, así como doña Begoña Aranzamendi Gutiérrez, contra don José Gómez Tejedor Chinchilla, sucedido procesalmente por sus herederos doña María Victoria, doña María Lourdes, doña Araceli, doña María Rosario, doña María del Carmen y don José Antonio Gómez Tejedor Spínola, don Joaquín Spínola Gómez Tejedor, doña María Rebeca y doña Sonia Araceli Bueno Gómez Tejedor; don José Gallo Pérez, sucedido procesalmente por sus herederos doña María Jesús, doña Inés Alicia y don José Manuel Gallo del Valle; don José Luis Prieto Rodríguez, sucedido procesalmente por sus herederos don José Luis, don Ignacio, don David, doña Celina y doña María Eugenia Pérez Martín; y contra don Fernando Gallo Pérez, debo absolver y absuelvo a los citados demandados de las pretensiones ejercitadas en su contra, sin especial condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado en un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente y bajo apercibimiento de inadmisión.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos quedando el original en el libro de sentencias, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado, don José Manuel Gallo García del Valle, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 3 de julio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.693/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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