Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
04-12-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201204-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

153
Madrid número 70. Procedimiento 1041/2020

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos 1041/2020, por no ser conocido el domicilio de Nueva Inmobiliaria Ibérica, S. A., por resolución de 13 de noviembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de decreto de fecha 13 de noviembre 2020.

Cédula de emplazamiento

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid.

Asunto en el que se acuerda: el arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Nueva Inmobiliaria Ibérica, S. A., en concepto de parte demandada.

Domicilio: calle de Costa Rica, número 13, 28016 Madrid.

Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del decreto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: en la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

Prevenciones legales

Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496y 497 de la LEC).

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC). Si carece de medios suficientes para designar abogado y/o procurador podrá solicitar el reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita ante el Colegio de Abogados del lugar en que se halle el Juzgado o Tribunal que haya de conocer del proceso principal para el que aquél se solicita, o ante el Juzgado de su domicilio, tal y como se establece en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, Ley 1/1996, de 10 de enero.

Debe comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero de la LEC).

En Madrid, a 13 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de justicia.

Y Para que sirva de notificación y emplazamiento a Nueva Inmobiliaria Ibérica, S. A., expido y firmo la presente.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de justicia (firmado).

(02/31.700/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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