Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
04-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201204-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

182
Madrid número 6. Procedimiento 953/2018

EDICTO

NOTIFICACIÓN SENTENCIA

Dña. EVA SAN PABLO MORENO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo social nº 6 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 953/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ELISABETH PÉREZ GARCÍA frente a AIFOS PANADERÍA Y PASTELERÍA 2014 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia en fecha 15/07/2019.

La parte demandada AIFOS PANADERÍA Y PASTELERÍA 2014 SL se encuentra en paradero desconocido por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2, último párrafo, de la L.E.C., he acordado notificarle la citada resolución por medio de este edicto:

Que por aplicación de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, se hace saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaría del Juzgado.

De todo lo cual doy fe.

Se advierte a las partes que contra la referida Sentencia puede interponerse recurso de Suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de noviembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/30.340/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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