Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
04-12-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201204-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

189
Madrid número 12. Ejecución 127/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento ejecución 127/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JAVIER BARBA BARRIOS frente a CATERING MTREVIÑO SL y D./Dña. GROZEA IONUT RAILEANU sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 10/11/2020 cuya parte dispositiva literalmente dice:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D. FRANCISCO JAVIER BARBA BARRIOS, frente a la demandada D. GROZEA IONUT RAILEANU y CATERING MTREVIÑO SL, parte ejecutada, por un principal de 2.989,25 euros, más 299 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2510-0000-64-0127-20.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

D. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a CATERING MTREVIÑO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de noviembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/30.303/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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