Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
09-12-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201209-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

113
Madrid número 47. Procedimiento 743/2019

EDICTO

D. Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 47.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de tercería de dominio número 743/2019, instados por la procuradora Dña. Miriam Rodríguez Crespo, en nombre y representación de Inmonatura, S. L., contra Kelo Continental, S. L., y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria Delegación de Madrid, en los que se ha dictado, en fecha 4 de noviembre de 2020 auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Miriam Rodríguez Crespo, en representación de Inmonatura S.L., contra la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la empresa Kelo Continental, S. L., debo acordar y acuerdo que se proceda al levantamiento del embargo trabado sobre las fincas registrales números 24.195, 24.196, 24.197 y 24.198 del Registro de la Propiedad número 27 de Madrid, por ser propiedad de la actora, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas del litigio.

La presente resolución no produce efecto de cosa juzgada en relación con la titularidad del inmueble referido.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, introducida por LO 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes de la necesidad de constituir depósito de 50,00 euros para interponer recurso de apelación contra la presente resolución, debiendo, en su caso, acompañar al escrito de interposición del mismo el resguardo acreditativo del ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en el cual se deberá indicar el código 02 haciendo constar que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así lo acuerda y firma Dña. María del Rocío Montes Rosado, magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Kelo Continental, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

Expido y firmo la presente en Madrid, a 6 de noviembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.774/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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