Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
09-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201209-142

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

142
Madrid número 8. Procedimiento 25/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 25/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. TOMASZ MICHAL MOL frente a TELETALLER DE VEHICULO SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. TOMASZ MICHAL MOL frente a la empresa “TELETALLER DE VEHICULOS SL”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al demandante, por los conceptos reclamados adeudados, las siguientes cantidades:

— 3.876,32 € brutos (S.E.U.O), por los conceptos salariales reclamados, más el 10% en concepto de interés por mora.

— 12.218,92 €, en concepto de indemnización por rescision del contrato de trabajo, más el interes legal correspondiente por mora.

Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantia Salarial, al amparo de lo dispuesto en el art. 33 E.T.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar el propósito de recurrir dentro de los CINCO DÍAS siguientes a su notificación.

Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta abierta, en la entidad BANCO DE SANTANDER, a nombre de este Juzgado Social Ocho de Madrid con el número de referencia IBAN ES55 0049356992 0005001274, indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2506 0000 00 0025 20, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Dª SONIA LÓPEZ RAMALLO

Magistrado-Juez.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TELETALLER DE VEHICULO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de octubre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/30.522/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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