Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
09-12-2020

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201209-28

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

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ORDEN 226/2020, de 27 de noviembre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se concede el Premio “Fermina Orduña” 2020, a la innovación tecnológica, en la modalidad jóvenes innovadores menores de 40 años, a don Eduardo Walther Jorgensen de Vizcarrondo, y se dispone un gasto de 42.000 euros para la financiación de dicho premio.

Vista la Orden 104/2020, de 30 de junio, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan para el año 2020 los Premios “Fermina Orduña”, de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de 3 de septiembre de 2020).

Vista la propuesta del Jurado designado para la evaluación de las solicitudes presentadas y elaboración de la propuesta de concesión de los Premios, en la modalidad jóvenes innovadores menores de 40 años, según consta en el acta levantada al efecto con fecha 17 de noviembre de 2020.

En su virtud, y en el uso de las atribuciones investidas por el Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, corresponde la resolución de estas ayudas a la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.

DISPONGO

Primero

Conceder el Premio “Fermina Orduña” 2020 a la innovación tecnológica, en la modalidad jóvenes innovadores menores de 40 años, a don Eduardo Walther Jorgensen de Vizcarrondo.

Segundo

Autorizar la disposición de un gasto para la financiación de dicho premio por un importe de 42.000 euros, consignados en el subconcepto 49909 del Programa 466A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.

El mencionado premio se encuentra sometido al régimen de contabilidad pública, lo que implica la obligación de rendir cuentas de las respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, a la Asamblea de Madrid, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 114, de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y 5 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación de la presente Orden, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 27 de noviembre de 2020.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

(03/33.090/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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