Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
10-12-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201210-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

URBANISMO

54
Coslada. Urbanismo. Convenio urbanístico

Aprobación definitiva del Convenio Urbanístico para la ejecución de las previsiones del PGOU en el ámbito de la parcela dotacional, situada en la avenida de España, número 20, del término municipal de Coslada (referencia catastral 2647627VK5724N0001XE).

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Coslada, en su sesión ordinaria celebrada el día 13 de octubre de 2020, adoptó, entre otros, los siguientes:

— Aprobar definitivamente el Convenio Urbanístico sustitutivo de la reparcelación para la ejecución de las previsiones del Plan General de Ordenación Urbana en la parcela dotacional, situada en la avenida de España, número 20, del término municipal de Coslada (referencia catastral 2647627VK5724N0001XE), entre este Ayuntamiento e Inmobiliaria Corral, S. L.

— Aprobar la afectación del derecho reconocido con la firma del convenio a favor del Ayuntamiento de Coslada, en concepto de contraprestación económica por la transferencia de aprovechamiento en parcela dotacional deportiva privada, por importe de 497.198,90 euros, a la finalidad de urbanización de la avenida San Pablo, entre José Gárate y el límite del término municipal con San Fernando de Henares, o cualquier otra actuación de entre las legalmente previstas que pudiera resultar del debate plenario de aprobación definitiva del convenio, de conformidad con lo previsto en el 174.1.g en relación con el artículo 174.2.a) y artículo 176.c de la Ley 9/2001, de 17 de junio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 26.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

— Aprobar las coordenadas UTM ETRS 89 del ámbito de la parcela catastral actual y de las parcelas resultantes, a los efectos de practicar las modificaciones catastrales y registrales procedentes.

*La valoración de las dos parcelas públicas que se identifican como parcelas dotacionales, asistencial y de zona verde, son de aplicación el valor catastral referencial de repercusión del Plan General de Ordenación Urbana vigente para parcelas dotacionales, de servicios e infraestructuras, fijado en 95,29 euros/m2 para parcelas con aprovechamiento, y de 33,35 euros/m2 para las zonas verdes sin aprovechamiento.

Asimismo, se acordó publicar el presente convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el portal de transparencia de la web municipal, así como notificar dicho acuerdo al interesado y áreas de intervención tesorería, urbanismo y patrimonio de este Ayuntamiento.

El texto íntegro del convenio urbanístico, anexos del mismo y coordenadas UTM de la parcela, se podrán consultar en el portal de transparencia de la web de este Ayuntamiento.

Lo que se hace público, significándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 13 de julio de 1998, todo ello, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos o intereses.

Coslada, a 19 de noviembre de 2020.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(02/31.656/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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