Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
11-12-2020

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

14
RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Administración Local, sobre la clasificación del puesto de Titular de la Oficina Presupuestaria y Contable, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Alcorcón.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Alcorcón, de creación del puesto Titular de la Oficina Presupuestaria y de Contable, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría: Entrada/Superior, para su clasificación por parte de la Comunidad de Madrid.

Consta en el expediente: Certificado de la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de octubre de 2020, donde se acuerda la creación del puesto de Titular de la Oficina Presupuestaria y Contable y la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo en este sentido: subescala: Intervención-Tesorería, categoría: Entrada/Superior; grupo: A1; forma de provisión: concurso de méritos; complemento específico: 40.363.23 euros. Consta también Resolución del Director General Interna y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Alcorcón, de 4 de noviembre de 2020, en la que solicita a la Comunidad de Madrid, la clasificación del puesto.

Visto que, conforme al artículo 134 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, referido al órgano u órganos de gestión económica-financiera y presupuestaria, las funciones de presupuestación, contabilidad, tesorería y recaudación serán ejercidas por el órgano u órganos que se determinen en el reglamento orgánico municipal; y que el titular o titulares de dicho órgano u órganos deberá ser un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, salvo el del órgano que desarrolle las funciones de presupuestación.

Visto que la disposición adicional cuarta, referida a los municipios de gran población, establece en su apartado segundo que: la clasificación de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en los municipios incluidos en el ámbito de aplicación del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los Cabildos Insulares Canarios, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional decimocuarta de la misma, se efectuará por la Comunidad Autónoma correspondiente, de acuerdo con los siguientes criterios: d) El puesto o puestos correspondientes al órgano u órganos que tengan asignadas las funciones de contabilidad, tesorería y recaudación, así como las de presupuestación, en su caso, estarán reservados a la subescala de Intervención-Tesorería, pudiendo ser desempeñados por funcionarios pertenecientes a la categoría de entrada o superior, dentro de la misma.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el puesto de Titular de la Oficina Presupuestaria y Contable, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la subescala Intervención-Tesorería, categoría: Entrada/Superior, forma de provisión concurso de méritos, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento en sesión de la Junta de Gobierno Local de 13 de octubre de 2020, en virtud de las competencias que le atribuye el del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Vivienda y Administración Local o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 27 de noviembre de 2020.—El Director General de Administración Local, José Antonio Sánchez Serrano.

(03/33.404/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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