Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
11-12-2020

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de 20 de noviembre de 2020, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, competencias delegadas del Consejo de Gobierno de 23 de abril de 2020, por el que se convocan las Bolsas de Viaje (I) para el año 2021.

BDNS: 536364

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

— Profesores o investigadores de la Universidad de Alcalá con dedicación a tiempo completo, excepto lo recogido en el punto 2.2 de la convocatoria.

— En el caso del personal investigador contratado para la realización de un proyecto de investigación es necesario que haya disfrutado de al menos doce meses de contrato en la UAH a fecha de cierre de la convocatoria en los dos últimos años, y con una dedicación a la UAH durante todo este tiempo de al menos el 50 por 100.

— Personal investigador predoctoral en formación, regulado por el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, contratados por la Universidad de Alcalá.

— Personal investigador contratado con cargo a las ayudas del programa operativo de empleo juvenil y la iniciativa de empleo juvenil (YEI) en las categorías de investigadores predoctorales, investigadores postdoctorales y ayudantes de investigación.

Segundo

Objeto

Fomentar e impulsar la actividad investigadora financiando los gastos de desplazamiento, para presentar ponencias, comunicaciones, posters u otro tipo de aportaciones científicas en congresos científicos, simposios, etc., de ámbito internacional que se celebren del 1 de enero al 31 de julio del año 2021.

Tercero

Bases reguladoras

Convocatoria de Bolsas de Viaje (I) 2021 (https://www.uah.es/es/investigacion/area-de-investigacion/programa-propi...).

Cuarto

Cuantía

Se subvencionarán los gastos de viaje, hasta un máximo de 90 euros para desplazamientos a congresos que se celebren en la península en una localidad diferente a la que tenga el investigador como residencia habitual, y hasta 125 euros en las islas; de hasta 300 euros para Europa y hasta 800 euros para el resto del mundo.

El importe total de esta convocatoria es de 50.000 euros. Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M00541A645.09.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta el 29 de enero de 2021.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción “Convocatorias”, disponible en el Portal del Personal Investigador.

Sexto

Otros datos

Solo se concederá una Bolsa de Viaje por año e investigador. Si el presupuesto asignado a este tipo de ayudas resultara insuficiente, tendrán prioridad los solicitantes que no las hayan disfrutado en años anteriores al de la convocatoria, en orden inverso al año de disfrute (es decir, menos preferencia cuanto más reciente haya sido la ayuda).

En el supuesto de que no se lleve a cabo la actividad objeto de la Bolsa de Viaje y se hubiera recibido el abono a cuenta, el beneficiario deberá proceder a su devolución antes del 30 de julio de 2021.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas y evaluadas por la Comisión de Investigación, atendiendo a la relevancia del congreso (en función de las sociedades que lo avalen y del número de participantes) y de la publicación asociada.

Alcalá de Henares, a 20 de noviembre de 2020.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, Javier de la Mata de la Mata.

(03/33.289/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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