Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
11-12-2020

Sección 1.4.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-46

Páginas: 32


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

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RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Paisaje Cultural, de la Presa de El Gasco y el Canal del Guadarrama, en los municipios de Galapagar, Las Rozas de Madrid y Torrelodones (Madrid).

Con base en la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto el valor del conjunto formado por la Presa de El Gasco y el Canal del Guadarrama, ubicados entre los términos municipales de Torrelodones, Galapagar y Las Rozas de Madrid; considerando el valor de esta infraestructura hidráulica como vestigio construido de un proyecto de ingeniería histórica de gran escala y relevancia, que inicia el desarrollo de grandes obras hidráulicas de su época, integrado actualmente como elemento remarcable en el conjunto paisajístico del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y reflejo de la acción histórica del hombre sobre la naturaleza; en virtud de las competencias establecidas en el artículo 7.1.b) del Decreto 280/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre de 2019),

RESUELVO

Primero

Incoar el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Paisaje Cultural, de la Presa de El Gasco y el Canal del Guadarrama, en los términos municipales de Torrelodones, Galapagar y Las Rozas de Madrid, cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el Anexo adjunto.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de la Historia, al Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Madrid, a la Real Academia de Ingeniería y a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, que, de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, de no ser emitido en el mes siguiente a su petición, se entenderá en sentido favorable a la declaración.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual se dará audiencia a los interesados, a los Ayuntamientos de Galapagar, Torrelodones y Las Rozas y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportuno.

Cuarto

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, para su anotación preventiva a los efectos procedentes.

Madrid, a 25 de noviembre de 2020.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Elena Hernando Gonzalo.





























































(03/33.041/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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