Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
11-12-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Distrito de Hortaleza

52
Madrid. Licencias. Distrito de Hortaleza. Grupo Supeco Maxor, S. L.

Acuerdo del Pleno, de 29 de septiembre de 2020, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de mediano comercio de alimentación en el solar sito en la calle de Moscatelar, números 2-4, promovido por Grupo Supeco Maxor, S. L, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en fecha 12 de marzo de 2020.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (14/2020), ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública por parte de D. Kalu Lokumal Chetwana Guidwani con número de anotación 2020/432488 y D. Joaquín Carmona Márquez con número anotación 2020/436106 de conformidad con el informe de los servicios técnicos del Distrito de fecha 9 de julio de 2020.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de mediano comercio de alimentación en el solar sito en la calle de Moscatelar, números 2-4, promovido por Grupo Supeco Maxor, S.L. Distrito de Hortaleza una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en fecha 12 de marzo de 2020 y de conformidad con el informe favorable emitido por el Departamento de los Servicios Técnicos de la Junta Municipal en fecha 9 de julio de 2020, no siendo preceptivo el informe correspondiente al procedimiento de evaluación ambiental estratégica al no estar incluido dentro del ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se hace público para generar conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido con fecha 10 de noviembre de 2020, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, a 19 de noviembre de 2020.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carraco.

(02/32.008/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-52